T.E.A.R. de Valencia

 

10.02.15 TEAR Reclamación Economica Administrativa CATASTRO

30.10.15 Alegaciones ante el T.E.A.R. de Valencia.

Adjunto abajo la sentencia del T.E.A.R., como resulta de nuestra reclamación para que pagamos los IMPUESTOS CORRECTOS, después de muchos años de estar ignorados por Catastro, el Ayuntamiento de Benissa y SUMA sobre la cuestión de sus impuestos incorrectas basadas en su designación ilegal de nuestro terreno como «urbano» a efectos fiscales … .. la recaudación ilegal de impuestos como IBI y Plus Valía para terrenos “urbano” cuando debería por ley ser designado como “rustica” o «rural hasta que se haya urbanizado con infraestructura, carreteras, agua, electricidad, etc. etc.

Soy contento para informar todos de que el Juzgado (el Tribunal Económica-Administrativo de Valencia) está de acuerdo con nosotros y ha emitido su Sentencia a favor nuestro, apoyando todas nuestros reclamaciones contra el Catastro, el Ayuntamiento de Benissa y SUMA, pidiéndoles que reconsideren qué han hecho y responden adecuadamente a nuestras solicitudes.

Esos es una sentencia importante, que refuerza las leyes que se hicieron hace muchos años, leyes ignoradas por estos organismos públicos con para que puedan recaudar impuestos adicionales que no estaban correctos a cobra, como el impuesto Plus Valía y impuestos de IBI que se han reclamado 5 o 6 veces más del impuesto que debe ser cobrado.

Sin embargo, todo no se ha ganado todavía, porque ya tenemos que perseguir a las autoridades para abonar miles de euros nuestros ilegalmente «robados» y la cancelación de una carga ilegal (lo que ahora se puede demostrar) puesta por la oficina de SUMA en Benissa sobre nuestra terreno en Benimarco

ENCLAVES PAISAJISTICOS SL FALLO TRIBUNAL NOTIF 8-9-17

This judgment from the T.E.A.R is above after our claim to them requesting to pay the CORRECT LAND TAXES, after many years of being ignored by the Central Land Registry, the Town Hall of Benissa and SUMA over the issue of their incorrect tax demands based on their illegal designation of Land as “urban” for tax purposes….. their illegal collection of Urban Land taxes such as IBI and Plus Valia when the Land should by law be designated as “Rustic” or “Rural” land until such time as it has been urbanized with infrastructure, roads, water, electricity, etc. etc..

I am pleased to report that the Court, (the Tribunal in Valencia) agrees with us and has issued Judgment in our favor supporting all my claims against the Central Land Registry, the Town Hall of Benissa and SUMA in asking them to reconsider what they have been doing and properly answer our valid requests.

This is an important Judgment as it reinforces Land Laws that were made many years back, Laws ignored by these public bodies in order that they are able to collect extra taxes that were not rightly due, such as the Plus Valia tax and taxes such as IBI that have been claimed at 5 or 6 times more than the true tax that should be due.

However all is not won yet as we now have to pursue the Authorities for the re-payment of thousands of euro’s illegally “stolen” from us and the cancellation of (what can now be demonstrated) is an illegal charge placed by the Benissa Office of SUMA on our land in Benimarco.

 

24.07.17 SUMA Enclaves Paisajisticos SL IBI rustica 16843 m2

 

 

Supongo que si logras escapar abusado animales una vez, puedes pensar que puedes hacerlo otra vez….

Septiembre 2017:

Este vecino con los perros de caza están de vuelta en tener sus perros con cadenas cortos, ladrando y llorando todo el día, y la mayor parte de la noche, con un olor terrible que hace sentir vomitar.

Vamos a investigar de nuevo para ver qué puédenos hacer una vez más , y a ver esta vez si las autoridades hacen algo para salvar a estos animales de la crueldad y sufriendo …?

3.09.17

 I guess if you manage to get away with abusing animals once, you get to think you can do it time and time again.

September 2017:

This neighbors hunting dogs are back tied up on short chains, barking and crying all day and most of the night, with a terrible stench that makes us feel like vomiting.

We will investigate again to see what we can do once again , and to see this time if the authorities do something to save these animals from cruelty and suffering …?

La Diputación de Teruel

 

D. RAMÓN MILLÁN PIQUER Presidente de la Diputación Provincial de Teruel: «Desde su nacimiento en 1836, la Diputación Provincial de Teruel no ha dejado de estar al servicio del ciudadano…..»

Hemos encontrado ciertos departamentos de Teruel muy útiles y responden bien al público y el pueblo…. “hombre en fin es el pueblo quien paga los impuestos que mantienen estos departamentos y sus empleados”.

Un departamento del que no se puede decir eso es el departamento (Servicio de Tributos Locales) que se ocupa de cobrar el impuesto de vehículos de tracción mecánica para los Municipios de Teruel. El año pasado pedimos que nuestros tres vehículos fueran domiciliados en nuestro banco, enviamos un fax firmado, varios correos electrónicos a: mclucia@dpteruel.es y llenamos datos y firmamos la parte trasera de cada recibo de impuestos pagamos en 2016. Este año dos de los tres coches cobran por nuestra cuenta bancaria… pero que pasa con el tercera??? Otra vez enviamos faxes y correos electrónicos a ese departamento y la persona responsable conocida solamente como: mclucia@dpteruel.es Nunca, ni el año pasado ni este año, hemos recibido la cortesía de una respuesta o un reconocimiento a nuestra correspondencia!!

En fin tuvimos que conseguir la ayuda de nuestro Ayuntamiento para buscar una solución…. Nos pidieron una copia del recibo faltante, ellos pasaron el mismo recibo a nosotros y nos pagamos esta semana el mismo.

No sabemos quién es; mclucia@dpteruel.es pero es seguro que este Sr o Sra. han olvidado de que es un empleado en el servicio del público y cobra su sueldo cada mes por nuestros impuestos.

 

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DGT – Algunos CINEMÓMETROS DE RADAR, sin certificados de verificación periódicas, están montados en carreteras!

DGT denuncia por un modelo fijo en Teruel de cinemómetro 1301 MULTANOVA ANTENA 1301, la copia del mismo certificado de verificación periódica enviada está BORROSA Y TOTALMENTE ILEGIBLE POR LO QUE NO HAY INFORMACION DEL CINEMÓMETRO (modelo y validez de certificado)… Pero no enviarán una copia clara y ahora persiguen por puntos y una multa.

Radares caducados?

Tráfico adjunta «por error» un certificado de verificación de radar válido hasta junio de 2011 en multas de velocidad recientes

Última fecha de verificación del radar: junio de 2010; válida hasta junio de 2011. Multado: junio de 2014. Con esta información, cualquier infractor lo primero que haría sería recurrir la sanción. Tres años sin testar el radar -es obligatorio hacerlo cada 12 meses- sería un argumento de suficiente peso para evitar el pago de la multa. Pero no en este caso. El Concello ha adjuntado «por error» en varias sanciones un certificado de verificación periódica caducado. Fuentes municipales aseguran que solo ha sido a través de la «Carpeta Ciudadana» de su página web a través de la que muchos vigueses realizan ya multitud de trámites como, en este caso, el pago de multas. Al tratarse de un error, los recursos no tendrían posibilidad alguna de prosperar, pues la Concejalía de Tráfico sí tiene al día la verificación periódica de los radares. Pero este equívoco ha llevado ya a más de un conductor afectado consultado por este periódico a plantearse la presentación de un recurso. «Cuando vi la sanción y que el radar estaba sin verificar desde 2011, pensé en recurrirla, pero al final lo descarté porque corría el riesgo de perder el descuento de pronto pago», explica uno piloto.

Y precisamente este riesgo económico es al que se enfrentan todos aquellos infractores que, llevados por el «error» cometido por el Concello, se decidan a presentar un recurso tras ver que el radar que los «cazó» no ha cumplido los requisitos de verificación desde 2011. Pero su queja no solo no prosperará, sino que además tendrán que pagar el doble al perder la rebaja por el pronto pago.

¿Cada cuánto tiempo debe homologar la DGT estos dispositivos y en qué medida podría estar ‘caducada’ dicha homologación? ¿Podría presentar un recurso contra la sanción alegando este motivo?

Cualquier radar, sin importar su tipo o modelo, debe homologarse cada año. Así lo indica la Orden ITC 3123/2010 del Ministerio de Industria, que regula todo lo relativo a radares o cinemómetros -funcionamiento, revisiones…-.

Por tanto, siempre habrá que ver la fecha de la última homologación del aparato cinemómetro y ver la fecha de infracción, es decir, la fecha en que el radar ha saltado y como consecuencia se ha incoado la multa, y si vemos que hace más de un año desde la última revisión del cinemómetro, debemos alegar que su homologación ha caducado –siempre hay que ver hasta qué fecha es válida-. Para ello siempre hay que solicitar entre otras pruebas, que el órgano que está tramitando la multa, te remita a tu domicilio el certificado de verificación periódica del cinemómetro que captó la presunta infracción. Ello solo podrá hacerse, si se recurre la multa, es decir, si se renuncia al pago con reducción para recurrir la multa, pues en la actualidad si se abona la multa con reducción ya no se puede recurrir la misma.

Además de por este motivo, puedes intentar recurrir la multa, aduciendo otro motivo: comprueba bien que, en el escrito donde te indican la fecha de homologación del radar -denominado ‘Certificado de Verificación Periódica’-, bajo el apartado ‘Fecha de ensayo’… hayan completado correctamente el apartado ‘Validez hasta’. Si está en blanco, podrás recurrir la sanción -en los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la multa- enviando un escrito a la DGT-encontrarás la dirección en el reverso de la notificación- en el que alegues «la falta de una prueba válida», ya que se desconoce la fecha de validez de la certificación del radar y, eso, en una multa por exceso de velocidad, es importantísimo.

Por otra parte, en caso de que la homologación del radar sí hubiera caducado, podrías recurrir la sanción enviando, un escrito a la DGT en el que solicites su anulación -alegando que la homologación del dispositivo no era válida en el momento de la sanción-. Con ello, deberían retirártela.

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Problemas con Jazztel desde 2014

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Qué desastre Jazztel/Orange! – Siempre problemas con su servicio!! (o falta del mismo!!)

Orange compran Jazztel en el año 2014 y empezaremos con problemas de nuestro servicio de teléfono e Internet 4/5 meses después…. como resultado del siguente correo electrónico enviada a Jazztel ellos cortaran nuestro servicio de teléfono e Internet sin previo aviso:

To: Defensor del Cliente

Subject: Re: JAZZTEL: RE: Factura número M22/0047911071 con fecha 23.11.2016 :

Sres. Defensor de la empresa Orange (Jazztel),

Hay frecuentemente problemas con su servicio, (o la falta de servicio!) muchas veces por los anos estamos con Jazztel (Orange) ustedes deja nos sin teléfono y internet, (pero cobrando por el mismo, sin abonar, para un servicio inexistente) y sí muchas veces se aumentan sus tarifas (cinco veces en este ano solo) sin previo aviso o acuerdo, y cárganos por servicios que nunca hemos utilizado.(Esos problemas no solo hemos tenido que sufrir con su empresa, sino muchos otros que han contratado con su empresa en esta zona)

 En primer lugar, no estamos de acuerdo en que hicimos las cuatro llamadas que ustedes dicen a números 0333.

En segundo lugar, en caso de que se demuestre que somos responsables de esas llamadas, no estamos de acuerdo con la tarifa que ustedes quieren cobra, y tenemos mucha pruebas para apoyar nuestra afirmación de que casi € 1,50 / minuto (con IVA) es un abuso.

“Un número 0333 es un número no geográfico que se carga a las tarifas «estándar» como si fuera un número fijo normal. Desde el extranjero, 0333 se cobrará como una llamada internacional estándar para el Reino Unido, que marcaría +44 333 xxx xxxx”.

En tercero lugar, el importe que acordamos pagar por el mantenimiento de nuestra línea primero fue €14,99 (que ustedes han cobrado hasta 21.01.2016), €15.6607 (con fecha 21.02.2016) y después € 15,98 / mes (que ustedes han cobrado hasta 21.09.2016) ….ustedes han aumentó a € 16,93 / mes (con fecha 23.10.2016)… y ustedes han vuelto a incrementar a € 17.3471 en la factura que queremos reclamar (con fecha 23.11.2016 – otra vez, un mes más tarde). – Un aumento de CINCO VECES EN MENOS DE UN AÑO!

Necesitamos que envíese dos facturas disociadas, en cambio de la factura número M22/0047911071, con fecha 23.11.2016, en la cantidad total de € 144,47 que no vamos a pagar, (dos nuevos recibos), uno donde que recogerás estos gastos en la cantidad total de € 88,16 (con IVA) y otro que hará lo propio con los derivados de las llamadas y mensajes convencionales en la cantidad total de € 56,31 (con IVA).

Queremos pagar la factura en la cantidad total de € 56,31 el más pronto posible y reclamar ante un arbitraje de consumo la otra factura en la cantidad de € 88,16.

Esperamos una resolución pronto a este problema.

Un saludo,

…………………………………………………………………………………………………………………….

……. Orange / Jazztel han cortado nuestro servicio de teléfono y internet sin previo aviso de ningún tipo y en contra de la ley. (Artículo 38 de la  Ley 32/2003, de 3 de noviembre, general de Telecomunicaciones y el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas).

 

Estafa de Iberdrola

Iberdrola está llamando a sus clientes pidiéndoles que cambian sus contratos para un nuevo contrato que es con exactamente las mismas condiciones que su contrato actual y les ofrece 10% de descuento para el primer año cuando están de acuerdo a cambiar. Sin embargo, el nuevo contrato no es el mismo que su PVPC original y aunque se aplica el descuento del 10%, los costos unitarios de electricidad son mucho más altos.

Iberdrola are calling their customers asking them to agree to a new contract that’s exactly the same conditions as their existing contract and offering them 10% discount for the first year when they agree to the change. However the new contract is not the same as their original PVPC and even though the 10% discount is applied the electricity unit costs are a lot higher.

 

 

-----Mensaje original-----  Enviado el: domingo, 23 de octubre de 2016 19:19 Para: "clientes@iberdrola.es" <clientes@iberdrola.es> Asunto: Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Qué estafa…. Ustedes llaman y digamos que desea darnos un 10% descuento si estamos de acuerdo con un contrato permanecía para un año y ahora has aumentar sus cargas y tarifas para nos PAGAMOS MAS!!! y tratarse a disimular lo cambiando a una factura mensual…. ESTAFA y vamos a denuncia lo..

 

From: clientes@iberdrola.es Sent: Tuesday, October 25, 2016 10:19 AM  Subject: EMAIL ID: 9598102 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Buenos días,

En primer lugar, agradecerle que haya contactado con nosotros mediante este canal y pedirle disculpas por las molestias que estamos ocasionando.

Verificarle que tiene aplicada una oferta en la cual tiene un 10 % de descuento sobre el consumo durante un año y no tiene permanencia de ningún tipo.

No obstante, si desea modificar esta oferta por otra que mejore dichas condiciones, facilítenos por favor, un teléfono de contacto y franja horaria adecuada, para contactar con ustedes a la mayor brevedad.

Cordialmente.

 

-----Mensaje original-----  Enviado el: martes, 25 de octubre de 2016 11:31 Para: "clientes@iberdrola.com" <clientes@iberdrola.com> Asunto: Contrato: 585444146: EMAIL ID: 9598102 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Buenos días,

Gracias para tu correo.

Queremos volver a exactamente el mismo contrato que teníamos antes (No. 308683997), con los costos y tarifas idénticas…

Puedes hacer lo esta semana?

Espero sus noticias?

Saludos.

 

Sent: Monday, November 14, 2016 6:37 PM To: clientes@iberdrola.com Subject: Fw: EMAIL ID: 9708183 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Ref. Contrato de PVPC No. 308683997

Buenas días,

Queremos esta semana un abono por la diferencia entre la tarifa que tenemos antes (más baja) o PVPC y lo que has cargado en ambas facturas copias adjuntadas o no tendremos otra opción de que cancelar los pagos por nuestro banco… el abono deben ser para factura número 20161021010399483 con fecha 21.10. 16 = € 30,46 (€ 142,30 menos € 111,84) y su factura sin número con fecha 7.11.16 = € 13,90 (€ 65,13 menos € 51,23) ENTONCES UN ABONO CON UNA SUMA TOTAL DE € 44,36 (€30.46 mas €13,90)

Espero sus noticias?

Saludos.

 

Sent: Monday, November 21, 2016 12:59 PM To: clientes@iberdrola.es Subject: EMAIL ID: 9708183 / Contrato de PVPC No. 308683997

Ref. Contrato de PVPC No. 308683997

Buenas días,

Con referencia a mis correos sin respuestas?

Como no hemos recibido su abono en la suma de € 44,36 (resultado su sobrecarga en las dos facturas adjuntas), hemos hecho la anulación del pago de su última factura para € 65,13 como sigue.

21/11/2016 15/11 0600 ANULACION IBERDROLA CLIENTES, 26646670100 65,13 €

Si quieres vuelve a facturar por la diferencia de € 20,77 vamos autorizar su pago.

Saludos.

 

From: clientes@iberdrola.com Sent: Tuesday, November 29, 2016 12:37 PM Subject: EMAIL ID: 9708183 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Buenos días:

Queremos transmitirle nuestras disculpas ocasionadas.

Tras haber realizado las comprobaciones en la cadena de mails remitidos, le informamos que no procede el abono de su factura número 20161021010399483 con fecha 21.10. 16 = € 30,46 (€ 142,30 menos € 111,84) y la emitida con fecha 7.11.16 = € 13,90 (€ 65,13 menos € 51,23). Porque firmo un contrato con nuevos precios y condiciones.

Con respecto a los avisos de factura que recibe solo incluye el importe y la dirección del contrato al que pertenece.

A continuación le indicamos como acceder a la factura de su contrato a través de nuestra web, si es tan amable, siga los siguientes pasos:

  1. Acceda a iberdrola.es
  2. Entre a “mi área de cliente” e introduzca su usuario y contraseña.
  3. Acceda al menú principal “Mis contratos”.
  4. Activa la casilla Ver también los contratos de baja .
  5. Seleccione el contrato que quiere consultar
  6. Se cargaran los datos, pulsa en Mis facturas.
  7. Navega a la parte inferior, escoge la factura.
  8. Finalmente pulsa el botón descargar.

Así mismo, si lo desea podemos compensar 3€ que tenemos pendiente de abonarle en su factura de 65.13€ quedando un saldo de 62.13€.

Un saludo.

 

-----Mensaje original----- Enviado el: martes, 29 de noviembre de 2016 13:22 Para: "clientes@iberdrola.com" <clientes@iberdrola.com> Asunto: Re: EMAIL ID: 9708183 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Ref. Nuestro contrato de PVPC No. 308683997

Buenas días,

No es la verdad, como usted sabe, nunca hemos firmado ningún contrato nuevo solo tenemos del PVPC con número 308683997 (107922587 póliza 3.12.1996) firmada hace 20 años.

Crees diferente envíenos por correo electrónico una copia del contrato que ustedes reclama que FIRMAMOS y mostrando claramente con nuestra firma!

También la segunda “factura?” (con fecha 7.11.16) es totalmente ilegal porque no tiene número ni los otros datos como requiere la ley.

Creo es mejor presente una reclamación ante el Sistema Arbitral de Consumo, por estafa.

Saludos.

 

From: clientes@iberdrola.com  Sent: Wednesday, November 30, 2016 11:28 AM  Subject: EMAIL ID: 9708183 / Aviso de disponibilidad de Factura Electrónica Iberdrola

Buenos días:

En relación a la información recibida, queremos transmitirle nuestras más sinceras disculpas por las molestias que le hayan podido ser causadas.

Indicarle que su reclamación ha sido tramitada correctamente con el número 3677200. En ella solicitamos que le remitan la documentación relacionada con la nueva contratación e indicamos que desea que su factura electrónica del 07/11/2016 incluya los datos legales que son necesarios.

Así mismo, informarle de que el plazo de respuesta previsto es de 30 días laborables desde la fecha de apertura y que se le enviará por carta la resolución a su dirección de correspondencia habitual.

Atentamente reciba un saludo.

 

En fin carta la resolución final:  

22 de Diciembre de 2016 Remite: Apartado de Correos 61175 28080 Madrid

Nº referencia: 0585444146

Código de Reclamación: 266987200

Producto: Suministro Electricidad

Tipología reclamación: Venta

Estimada Sra:

En relación a la reclamación correspondiente a la información arriba indicada, queremos transmitirle nuestras más sinceras disculpas por las molestias que le hayan podido ser causadas.

Le informamos que hemos revisado las condiciones recogidas en el contrato de dicho suministro y hemos comprobado la procedencia de su solicitud. De esta forma, y de acuerdo con su reclamación, se han efectuado las correcciones oportunas y se han ajustado los importes facturados incorrectamente durante este periodo.

En Iberdrola estamos a su servicio en el teléfono 900 225 235, en http://www.iberdrola.es/clientes o en cualquiera de nuestros Puntos de Atención.

Atentamente,

José Carlos Villalvilla

Director de Servicio al Cliente

 

 

 

 

 

Flybe cobra gastos por el uso de tarjetas de debito.

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Flybe signed and gave a formal undertaking on 26th April 2012 to the UK Office of Fair Trading under section 219 of the Enterprise Act of 2002 “not to charge its customers for Debit Card use”. Flybe in its Propaganda and during and throughout their Flight Booking Process, state “they do-not charge for Debit Card use”.

But for more than 10 years they have been charging me (and many other Customers) for our use of many different UK and Spanish Debit Cards when used to make flight bookings on their websites. In their Defence to a court action l filed against them in the UK courts they pleaded and agreed to the fact that they have been wrongly applying charges to my Debit Cards…. BUT THEY STILL CONTINUE TO CHARGE FEES TO PROCESS EURO DENOMINATED DEBIT CARDS.

This is in clear breach of the undertaking given by Flybe to the UK Office of Fair Trading in stating that: “the company will not charge an additional fee, above any charges included in the Headline Price, in relation to making a payment, or a booking, in respect of ANY flight or ancillary service, where a ‘Debit Card’ is used”.

Flybe clearly make it difficult for consumers to compare prices, damage consumer confidence and impede effective competition by adding on these extra charges at the end of the booking process and this is prohibited unfair commercial practices within the meaning of the Consumer Protection from the UK’s Unfair Trading Regulations 2008.

Flybe is ‘misleading its customers by engaging in prohibited unfair commercial practices within the meaning of the Consumer Protection from Unfair Trading Regulations 2008 (CPRs)’, which includes misleading actions and misleading omissions (further to Regulations 5 and 6 of the CPRs), as well as committing breaches of professional diligence by charging for the use of Debit Cards.

Further ‘they are in breach of the requirements of the Air Services Regulation (EC Regulation 1008/2008) (‘ASR’)’, each time they charge “extra” for the use of Debit Cards, which requires that flight prices are presented at all times inclusive of all foreseeable and unavoidable charges, fees and taxes.

" Flybe firmó un compromiso formal con fecha 26 de abril de 2012 con la Oficina de Comercio Justo del Reino Unido en virtud de la sección 219 de la Ley de Empresas de 2002 para "no cobrar a sus clientes por el uso de las tarjetas de débito". Flybe en su Propaganda y durante su proceso de reserva de vuelo, declaran que "no cobran por el uso de tarjetas de débito".

Pero por más de 10 años me han cargando (y muchos otros clientes) para nuestro uso de diversas tipos de tarjetas de débito de Reino Unido y España usadas para hacer reservaciones del vuelo por sus páginas webs. En su Defensa de una acción judicial en su contra presentada por mí en los tribunales del Reino Unido, ellos aceptaron el hecho de que han aplicando incorrectamente cargos para usar mis Tarjetas de Débito .... PERO SIGUE CONTINUANDO A CARGAR ESOS CARGAS PARA PROCESAR TARJETAS DE DEBITO DENOMINADAS EN EUROS.

Esto constituye un claro incumplimiento del compromiso asumido por Flybe ante la Oficina de Comercio Justo del Reino Unido que afirmar: "la empresa no cobrará una tarifa adicional, por encima de los cargos incluidos en el Precio Principal, en relación con la realización de un pago, o reserva, en respecto a CUALQUIER vuelo o servicio auxiliar, donde se utilice "Tarjetas de Débito".

Flybe claramente hace difícil para los consumidores comparar precios, dañar la confianza de los consumidores e impedir la competencia mediante la adición de estos cargos adicionales al final del proceso de reserva y esto está prohibido en las prácticas comerciales desleales en el sentido de la Protección del Consumidor de Unfair Trading Regulations 2008 del Reino Unido. Flybe está "engañando a sus clientes mediante la práctica de prácticas comerciales desleales prohibidas en el sentido de la Reglamentación de Defensa del Consumidor y en contra las Reglas de Protección Comercio 2008 (CPR)", que incluye acciones engañosas y omisiones engañosas (además de los Reglamentos 5 y 6 de los CPR) Así como cometer infracciones de diligencia profesional cobrando por el uso de tarjetas de débito.

Además, infringen los requisitos del Reglamento de Servicios Aéreos (Reglamento CE 1008/2008) («ASR»), cada vez que cobran “extras” por el uso de tarjetas de débito, lo que exige que los precios de los vuelos se presenten en todo momento con todos los cargos, tasas e impuestos previsibles e inevitables.

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EU regulations on inclusive pricing Regulation 1008/2008 of the European Parliament and Council became law in 2008: – “Customers should be able to compare effectively the prices for air services of different airlines. Therefore the final price to be paid by the customer for air services originating in the Community should at all times be indicated, inclusive of all taxes, charges and fees”. – “Optional price supplements shall be communicated in a clear, transparent and unambiguous way at the start of any booking process and their acceptance by the customer shall be on an ‘opt-in’ basis.”

Regulaciones de la UE sobre “precios inclusivos” por Reglamento 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo han entrada en vigor en 2008: "Los clientes deben ser capaces de comparar de manera efectiva los precios de los servicios aéreos de diferentes aerolíneas. Por lo tanto, el precio final que debe pagar el cliente por los servicios aéreos originarios de la Comunidad debe indicarse siempre incluidos todo los impuestos, gastos y tasas". "Los suplementos de precios opcionales se comunicarán de una manera clara, transparente y sin ambigüedad al inicio de cualquier proceso de reserva y su aceptación por el cliente será sobre base "todo incluido". 

HITS MOBILE, VALENCIA

 

HITS MOBILE el nombre comercial de CARRIER-E MOBILE, S.L. con C.I.F. español B98568397 con su base en Paterna, Valencia han cargado recientemente dos cantidades de 5,00 € por nuestra cuenta bancaria y mi saldo móvil aumentaron por €5,00. Claramente una duplicación por lo que el Banco rechazó al segundo cargo.

Hits insisten en que el segundo €5,00 aún debe ser pagado también y dicen que no es un error, sin embargo como una multa ellos ha multiplicado por TRES VECES y ahora quieren €15,00 para resolver este conflicto.!!!

Cuidado cuando contratarse líneas telefónicas con empresas telecomunicaciones de dudosa reputación – para mas información ver este espacio!!!!

 

HITS MOBILE the trading name of CARRIER-E MOBILE, S.L. con Spanish C.I.F. B98568397 based in Paterna, Valencia recently debited two amounts of €5.00 from our bank account and increased my balance by €5,00. An obvious duplication so the bank rejected to second charge.

Hits insist that the second €5,00 should still be paid and is not an error, however as a penalty they have multiplied the debt by THREE TIMES and will except no less than €15,00 to settle this dispute!!!

Beware of contracting your telephone lines with disreputable telecommunication companies – Watch this space for more!!

SUMA y su DESESTIMACION – Nuestro recurso contra Diligencia de Embargo

Como hay ahora más ayuntamientos trabajando de deja y tener fuera la organización de que han infiltrada en sus ayuntamientos cobrando millones de euros del tesoro en la prestación de “sus servicios” y cobrando a nosotros «impuestos» que clarimente que no están correctos.

 

Este Mafia Alicantina (SUMA) por su parte continúan embargando tantas propiedades que pueden en contra de la ley, pero en pleno conocimiento, de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 30 de mayo de 2014, núm. 2159/2014 y la modificación del ley urbana de 25 de Julio de 2015 que establece claramente de que las terrenos que ellos embargan es para extort impuestos urbana, conociendo el terreno es rural o rustico.

 

Con la caída gradualmente del PP, su poder, control e influencias, SUMA tiene responder a sus abusos de poder y aplicación incorrecta de legislación por la policía jurídico, los tribunales de España, el Tribunal de Derechos Humanos.

ART.31.1 DE LA CONSTITUCION ESPANOLA…..“Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principales de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”……

9.696 millones de euros!!

 

El Banco Santander pretende engordar todavía más el lucrativo negocio de las comisiones bancarias, con el que obtuvo en 2014 9.696 millones de euros!!

http://laeconomiadelosconsumidores.adicae.net/?articulo=2981

http://hipotecadosterrassa.blogspot.com.es/2014/06/luchemos-contra-los-abusos-y-la-codicia.html

http://intercambia.net/temas/index.php/tipos-de-abusos-del-banco-santander-mi-caso-personal/

https://actualidad.rt.com/actualidad/197824-espana-banco-ingresar-10-euros-comision

https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9829

http://periodismohumano.com/economia/el-banco-santander-intento-cerrar-una-web-critica-acusando-de-estafa-a-tres-ong.html

http://www.ocu.org/dinero/invertir-sin-riesgo/noticias/valores-santander#